Durante años, hemos escuchado multitud de mensajes sobre lo que os gustaría cambiar en YouTube y el tamaño de los vídeos siempre estaba entre las principales peticiones. Por eso hoy nos complace anunciar que el reproductor de Youtube es más grande”.
Con esta frase tan escueta, el blog oficial de Youtube anunciaba que la pantalla de 4:3 que han embebido páginas de todo el mundo han pasado a la historia para pasarse al formato panorámico.
La página de vídeos aumenta el reproductor hasta los 640 píxeles para convertirse en una pantalla de cine en miniatura, con las proporciones de 16:9 “para proporcionar “una experiencia visual más limpia y poderosa”.
Eso sí, se podrán seguir reproduciendo los vídeos grabados en proporción 4:3, aunque ahora aparecerá unas bandas negras a los lados de la pantalla.
Sin embargo, detrás de esta medida se encuentra una estrategia clara por parte de Google, compañía propietaria del portal desde 2006, se ha dado cuenta de que el tamaño sí que importa y han tomado cartas en el asunto.
Junto con el aumento de pantalla, ha llegado la mejora de la calidad de la imagen, con una resolución que ha pasado de 320×240 a 480×360 píxeles.
Renovarse o morir.
El objetivo último: reinvertar un portal que hizo historia en internet por sus vídeos caseros de calidad cuestionable que, poco a poco, ha ido perdiendo terreno frente a otros como Hulu, que utiliza la pantalla panorámica para reproducir series o películas conocidas de News Corp y la NBC Universal.
Estos portales están ganando terreno a Youtube debido a que la mejora de la conexión a Internet y la calidad del vídeo en streaming hace que ver toda una película o los capítulos de una serie conocida ha dejado de ser un engorro. Por eso, los usuarios ahora piden calidad.
Google no se ha dormido en los laureles y al grito de ‘renovarse o morir’ ha pasado de la estrategia del enfrentamiento con las grandes productoras y cadenas de televisión a firmar acuerdos millonarios para difundir sus contenidos.
Por eso, Youtube se ha convertido en distribuidor de contenidos comerciales, al margen de los creados por los usuarios, gracias a sendos acuerdos con Metro Goldwyn Meyer (MGM) y CBS.
La productora de cine ofrece largometrajes como Los siete magníficos y El monje y la cadena estadounidense CBS cuelga series enteras como Star Trek, Californication.
Publicidad no intrusiva.
Además, Youtube lanzó la semana pasada en España anuncios integrados no intrusivos en sus vídeos.
Según el portal, el funcionamiento de este nuevo formato es sencillo. El usuario puede observar que en la barra de reproducción de algunos vídeos aparece una marca amarilla. Cuando el vídeo llega a ese punto, una imagen que ocupa el 20% del espacio del vídeo se despliega durante 10 segundos.
“En ese tiempo el internauta decide si ver el anuncio completo o si prefiere cerrarlo o incluso si quiere acceder a él más adelante. Se trata de una publicidad no intrusiva y una información relevante para los usuarios”, asegura la página.
La empresa Lleida.net ha dado otra vuelta de tuerca a las posibilidades que ofrece un sencillo mensaje corto de texto. Después de los SMS certificados, con la misma validez que un burofax o una carta certificada, y los mensajes de texto para invidentes, llegan los contratos por SMS.
Presentado en rueda de prensa, este servicio que, según la empresa, es pionero en todo el mundo, tiene unas aplicaciones ilimitadas y puede convertirse en una herramienta sencilla y accesible tanto para bancos y cajas de ahorro como para despachos jurídicos o administraciones públicas.
Como ha explicado Sisco Sapena, director ejecutivo de Lleida.net, “está al alcance de todos ya que tan sólo el 50% de las personas tienen acceso a internet pero todos tenemos y usamos el teléfono móvil”.
Para poder realizar un contrato por SMS, hay que enviar un mensaje desde internet, a través de la operadora Lleida.net, a un teléfono móvil. El usuario responde al mensaje y es entonces cuando se genera un certificado que recoge el texto, la fecha y la hora de ambos mensajes.
Se crea un acuse de recibo con copia certificada y firma digital que, según la empresa, equivale a un contrato privado.”Se trata de un documento electrónico y físico, ya que se puede imprimir, que acredita el contrato por un tercero de confianza, que es Lleida.net”, ha explicado Marc Gallardo, abogado de la compañía.
Según el abogado, “el contrato por SMS tiene plena validez legal y está perfectamente regulado en nuestra legislación. La directiva europea 2000/31/CE y la Ley española 34/2002 definen el concepto y requisitos que un contrato electrónico debe reunir para ser considerado como tal”.
Como ha explicado Sapena, algunas empresas ya han utilizado el servicio en pruebas durante los últimos meses. Además, hay unas 7.000 que emplean habitualmente su otra apuesta, el SMS certificado, por lo que confían en que incorporen también el contrato por SMS a sus negocios.